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ATP: Beneficios e incentivos vigentes

Beneficios fiscales para contribuyentes de la provincia del Chaco.El Gobierno del Chaco recuerda que están vigentes una serie de beneficios con los que cuentan los comerciantes y los contribuyentes inscriptos en los impuestos a los Ingresos Brutos. Además están vigentes beneficios en el Impuesto Inmobiliario Rural, la Ley de Mecenazgo y el Programa de Incentivo para el Desarrollo de Proveedores Locales.



Premios al cumplimiento tributario
Se prorrogó la Ley 2266, la cual cuenta con incentivos para promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias provinciales y así mantener o aumentar el empleo formal para contribuyentes inscriptos en Ingresos Brutos cuyas ventas anuales netas supere lo determinado por resolución de ATP. Además, establece una bonificación de hasta un 20% en el pago de anticipo mensuales de ingresos brutos para aquellas empresas que demuestren el cumplimiento formal y pago del impuesto, como también el cumplimiento de aportes al Fondo de Salud Pública de los últimos 3 meses anteriores a la solicitud de acogimiento.

Pequeños y Medianos Contribuyentes
Beneficio Incentivo Fiscal Ley 2077-F: bonificación del 10% del Impuesto sobre los ingresos brutos, se aplica a los

Ministro de Hacienda y Finanzas del Chaco, Alejandro Abraam.
Ministro de Hacienda y Finanzas del Chaco, Alejandro Abraam.

pequeños y medianos contribuyentes que cumplan durante 3 meses consecutivos y no registren deudas. En ese sentido, el ministro de Hacienda y Finanzas, Alejandro Abraam recordó que la provincia fue la primera en establecer la eximición de ingresos brutos para aquellos que inicien nuevas actividades. “Estamos analizando la prórroga porque es un beneficio que se otorgaba por 1 año”, destacó.

Inmobiliario Rural
Otros de los beneficios importantes otorgados son el Impuesto Inmobiliario Rural, para aquellos que tengan hasta 500 hectáreas, quienes están eximidos de los impuestos inmobiliarios rurales. Dicha medida significó un alivio tributario de 27 millones de pesos.

Ley de Mecenazgo
Se destacó también que sigue vigente la ley 1353-E o Ley de mecenazgo, que establece que quienes sean benefactores, donantes o patrocinadores de proyectos culturales, podrán deducir el monto aportado hasta el 10 por ciento de Ingresos Brutos por año calendario.

Proovedores Locales
En en marcha el Programa de Incentivo para el Desarrollo de Proveedores Locales, donde los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que adquieran productos de demanda final elaborados por los beneficiarios incluidos en el programa, podrán reducir de su base imponible el 100 % del importe neto. “Estos son todos beneficios que colaboran y buscan fomentar la actividad económica dentro de la provincia del Chaco”, concluyó el ministro Abraam.


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Publicado el 30/01/25
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