Desde SAMEEP han implementado la Tarifa Social, una medida que busca aliviar la carga económica para aquellos sectores más vulnerables. Con descuentos significativos en la tarifa regular, este beneficio permite que más familias accedan a un servicio esencial.
¿Quiénes pueden acceder a la Tarifa Social de SAMEEP?
La Tarifa Social está diseñada específicamente para ayudar a las familias cuyos ingresos no superan los 450.000 pesos mensuales.
Este enfoque se ha implementado con la intención de asegurar que los sectores con mayor vulnerabilidad tengan acceso a un recurso fundamental como es el agua potable.
SAMEEP busca garantizar que todos puedan disfrutar de este servicio sin que su situación financiera represente un obstáculo.
Requisitos para solicitar la Tarifa Social
Si eres parte de un grupo familiar que cumple con el requisito de ingresos establecidos, el siguiente paso es realizar el trámite correspondiente.
Es importante mencionar que este proceso es personal y deberá llevarse a cabo de manera presencial en la Oficina de Gestión Social de SAMEEP, ubicada en Avenida 9 de Julio 788, en la ciudad de Resistencia.
Los interesados deben presentar varios documentos para asegurar que su solicitud sea evaluada correctamente.
Entre ellos se incluyen:
- La última factura del servicio de agua.
- Fotocopia del DNI del solicitante.
- Comprobantes de ingresos, tales como recibos de sueldo, pensión o jubilación.
- Una información sumaria que puede obtenerse en la comisaría correspondiente, o bien una declaración jurada ante el Juzgado de Paz del domicilio.
Esta última declaración debe indicar que se trata del único ingreso familiar fijo y debe detallar el monto percibido. Sin embargo, si dentro del grupo familiar hay personas con discapacidad o si algún integrante cuenta con un certificado emitido por el IPRODICH, los requisitos de documentación se simplifican, ya que no será necesario presentar la declaración jurada ni el recibo de sueldo.
Cambios de titularidad y otros aspectos importantes
Es igualmente importante mencionar que, en caso de fallecimiento del titular de la boleta, existe la obligación de realizar el cambio de titularidad del servicio. Para ello, se deberá presentar la documentación pertinente que acredite al nuevo titular o propietario del inmueble. Esto asegura que el servicio continúe sin interrupciones y que se mantenga la transparencia en el uso del mismo.
